En el desarrollo de su actividad, Comecer siempre se ha inspirado en el respeto por profundos valores morales, con la convicción de que el éxito empresarial no debe separarse de una conducta empresarial ética y socialmente responsable, ni de la búsqueda del bienestar de toda la comunidad.
La propia naturaleza de la actividad, centrada en garantizar la seguridad de los laboratorios de medicina nuclear, y cuyo objetivo último consiste, por tanto, en ayudar a afrontar y tratar de mejorar las condiciones de salud de las personas, exalta institucionalmente la importancia del compromiso moral de Comecer y representa un motivo de orgullo para todas las personas que trabajan en la empresa.
En consonancia con esta visión, desde abril de 2012, en Comecer hemos adoptado un modelo de organización, gestión y control como instrumento fundamental de prevención de delitos («Modelo») de conformidad con el Decreto Legislativo 231 del 8 de junio de 2001 («Decreto Legislativo italiano 231/01»). El Modelo de Comecer se ha actualizado periódicamente debido a los cambios normativos y organizativos que se han producido desde su adopción original.
La adopción y la efectiva implantación del Modelo permiten a la empresa no solo beneficiarse de la exención prevista por el Decreto Legislativo 231/01, sino también reforzar de manera constante la concienciación de todas las personas que actúan en nombre y por cuenta de Comecer respecto a la forma correcta de actuar, promoviendo la mejora continua del gobierno corporativo y, más en general, de la organización empresarial.
La Parte General contiene una explicación sintética del Decreto Legislativo 231/01 y de su contenido, además de las normas y principios generales del Modelo; la identificación del Órgano de Supervisión y la definición de sus tareas, competencias y funciones; la definición de un sistema de comunicación, información y formación relacionado con el Modelo; así como la previsión de controles periódicos y de la actualización del propio Modelo.
A continuación, se incluyen las distintas partes especiales, entre las que destacan, en particular, la PARTE ESPECIAL A, que contiene la identificación de los tipos de delito considerados relevantes para la Compañía, las actividades y procesos asociados considerados de riesgo, así como los protocolos preventivos adoptados para cada categoría de delito; la PARTE ESPECIAL B, que incluye el CÓDIGO DE ÉTICA de Comecer; y la PARTE ESPECIAL C, relativa al sistema disciplinario.
En el marco del Modelo, el Consejo de Administración de la Compañía ha designado al Órgano de Supervisión, confiándole la tarea de supervisar el funcionamiento y el cumplimiento del Modelo, así como de garantizar su actualización e implantación.
Cualquier persona que desee solicitar aclaraciones o más información sobre el Modelo, o que desee presentar denuncias relativas a sospechas de incumplimiento del Modelo, de comisión de alguno de los delitos previstos en el Decreto Legislativo 231/01 o de violación o elusión fraudulenta de los principios y disposiciones del Modelo, así como de los valores éticos y las normas de conducta recogidos en el Código de Ética de la empresa, puede ponerse en contacto con el Órgano de Supervisión de Comecer a través de las siguientes direcciones:
indicando expresamente que el contenido del envío es estrictamente confidencial.
Todos los destinatarios del Modelo están obligados a cumplir las normas y principios de conducta establecidos en el mismo, así como las leyes y reglamentos vigentes. En ningún caso la consecución del interés o beneficio de Comecer puede justificar conductas que no se ajusten a principios de responsabilidad y honestidad o actos contrarios a la legislación vigente.

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